Abierta la convocatoria para solicitar las ayudas de Navidad para alimentos y Reyes Magos

El delegado de Servicios Sociales, Carlos Torres, ha informado que desde este lunes, 25 de noviembre, se puede tramitar la solicitud para las ayudas de Navidad para alimentos y también para las ayudas para adquisición de Reyes Magos, destinadas a familias del municipio con dificultades económicas.


La concejala ha destacado que esta ayuda municipal servirá para aliviar a las familias en unas fechas tan señaladas como las que vienen como son las fiestas navideñas. “Desde el Ayuntamiento hacemos otro año más un gran esfuerzo para ayudar en estas fechas a las familias que más lo necesitan. Por un lado la cobertura de necesidades básicas de alimentación de las personas en dificultad económica”

“Y por otro lado, garantizarles a los menores más vulnerables el derecho a la ilusión y al juego, mediante la concesión de ayudas económicas puntuales a los padres y madres destinadas a la adquisición del juguete preferido de sus hijos, con motivo de la festividad de Reyes Magos”, indicó Torres.

El plazo de solicitudes estará abierto hasta el 5 de diciembre.

Las solicitudes se pueden recoger en la delegación de Servicios Sociales de Los Barrios; en Los Cortijillos en la oficina municipal, y en Palmones, también en la oficina municipal.

También podrán descargársela en el enlace municipal https://losbarrios.es/wp-content/uploads/2023/11/Solicitud-AYUDA-NAVIDAD-2024.pdf

El concejal ha señalado que todas las personas interesadas que estén pasando dificultades “pueden acudir a los Servicios Sociales del Ayuntamiento y allí se le informará de estas ayudas y de los requisitos que tienen que cumplir”.

Una vez recibidas todas las solicitudes serán valoradas y concedidas por los trabajadores sociales del Ayuntamiento.

Las bases de esta convocatoria reflejan entre los requisitos estar empadronado y ser residente en el municipio.

También haber solicitado las prestaciones a las que pudiera tener derecho (Ingreso Mínimo Vital, Renta Mínima de Inserción, prestaciones del Servicio Estatal de Empleo y/o del Instituto Nacional de la Seguridad Social, pensiones alimenticias, compensatorias, etc.), así como cualquier otra prestación, recurso o servicio que pueda favorecer la cobertura de la necesidad existente, dada la subsidiariedad de las prestaciones económicas reguladas en esta convocatoria.

Otro de los requisitos es no tener acceso a otras ayudas de administraciones públicas o recursos propios que cubran la necesidad para la que se solicita la ayuda.

Prestar la debida colaboración en el proceso de valoración de la necesidad por parte del/la interesado/a, lo cual incluye participar en una o más entrevistas individuales y/o familiares, y facilitar el acceso a su vivienda en el caso que se estime oportuno la realización de visita al domicilio.

Justificar documentalmente en tiempo y forma las ayudas concedidas con anterioridad y encontrarse en una situación de emergencia y necesidad social según valoración técnica emitida por el/la trabajador/a social en Informe Social.

Baremo de acceso

En cuanto al baremo de acceso, se tendrá en cuenta para recibir ayuda de alimentos, y en su caso, ayuda para adquisición de Reyes Magos, a la unidad de convivencia en su conjunto, no valorándose las situaciones individualmente.

Se entenderá por unidad de convivencia todas aquellas personas empadronadas en un mismo domicilio, o en su caso de convivir varias unidades de convivencia en el mismo domicilio, se considerarán independientes si tienen menores a cargo y no hay vínculo familiar entre ellos.

Podrán ser beneficiarios todas aquellas unidades familiares en las que concurran las siguientes circunstancias económicas:

1º Unidades familiares de más de un miembro cuyos ingresos totales no superen 500 euros mensuales tras descontar gastos de vivienda: (alquiler o hipoteca). La cuantía a recibir será de 200 euros para alimentos, y de 30 euros por menor de edad (0-15 años) para adquirir Reyes Magos.

2º Unidades familiares de un solo miembro cuyos ingresos totales mensuales no superen 250 euros mensuales tras descontar gastos de vivienda (alquiler o hipoteca) la cuantía será de 120 euros para alimentos.

 

 

 

 

 

 

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