La Oficina Municipal de Información al Consumidor ha puesto en marcha una campaña informativa sobre la obligación que tienen los usuarios de tarjetas telefónicas de prepago de identificarse, según lo previsto en la Ley 25/ 2007, de 18 de Octubre, sobre Conservación de Datos Relativos a las Comunicaciones Electrónicas y a las Redes Públicas de Comunicaciones.
Dicha ley establece que todos los operadores de servicios de telefonía móvil deberán llevar un libro registro en el que conste la identidad de sus clientes, lo que sólo se llevaba a la práctica en el caso de los usuarios con contrato, pero no en el de los que optaban por las tarjetas prepago. La norma daba un plazo de dos años a las operadoras para la identificación de clientes en esa situación, plazo que expira el 9 de noviembre de este año.
La OMIC recuerda a los usuarios de tarjetas prepago que en caso de no cumplir con la formalidad de acreditarse ante su operador de telefonía con su D.N.I. o pasaporte antes de la fecha señalada perderán la línea que utilizan y el número de móvil.
La obligación respecto a la identificación obedece a una medida de seguridad adoptada por el Ministerio del Interior, para facilitar la labor policial y judicial en la lucha contra el terrorismo, la delincuencia y el crimen organizado, y fue propuesta a raíz de los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid que costaron la vida a 191 personas y causaron unos 2.000 heridos.