El TSJA da de nuevo la razón del Ayuntamiento en el tema de la circular interna de las vacaciones y condena a USB pagar 300 euros de costas

La delegada de Personal, Isabel Calvente, ha destacado que “esta nueva sentencia a favor del Ayuntamiento demuestra que hicimos las cosas conforme a la normativa y ratifica el acoso continuo del sindicato USB contra este equipo de gobierno y buscando solo torpedear nuestra gestión”.

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Redaccion / Foto: Archivo | Los Barrios

El TSJA ha dado de nuevo la razón al Ayuntamiento de Los Barrios y ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por el sindicato USB a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Algeciras, respecto a una circular de la concejalía de Personal, que daba instrucciones a los trabajadores municipales sobre el disfrute de los días de vacaciones y también para el personal municipal adscrito a la Jefatura de la Policía Local bajo la modalidad de turnos. El juzgado de Algeciras también dio la razón al Consistorio barreño en junio de 2016 pero Unión Sindical Barreña apeló al TSJA.

En los fundamentos USB en su recurso de apelación señaló que “no ha existido una verdadera negociación colectiva de la circular de vacaciones, al no haberse constituido la mesa de negociación, limitándose la negociación a un mero trámite de audiencia o consulta”.

El TSJA en esta sentencia de marzo se basa en la primera de Algeciras y destaca que “se ha producido una verdadera y efectiva negociación, al haber sido convocado el sindicato apelante a una reunión para discutir la aprobación de la circular de vacaciones, habiéndose trasladado al sindicato un borrador”.

El alto tribunal andaluz también basándose en la sentencia del Juzgado de Algeciras matiza que “la falta de adecuada constitución de mesa de negociación, apreciada por sentencia judicial previa, que se mantiene en la sentencia impugnada no era firme, no permite apreciar la vulneración del art.28 de la CE, alegado en el recurso de USB, cuando ha quedado acreditada la efectiva convocatoria y negociación con el sindicato, como adecuadamente señala la sentencia de instancia”.

De esta manera, el TSJA declara no haber lugar al recurso de apelación interpuesto por USB contra la sentencia dictada el 9 de junio de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Algeciras, con imposición de las costas al sindicato Unión Sindical Barreña hasta el límite máximo de 300 euros. La sentencia del TSJA está fechada el 13 de marzo de 2017.

La delegada de Personal, Isabel Calvente, ha destacado que “esta nueva sentencia a favor del Ayuntamiento demuestra que hicimos las cosas conforme a la normativa y ratifica el acoso continuo del sindicato USB contra este equipo de gobierno y buscando solo torpedear nuestra gestión”.

Calvente ha indicado que “desde el equipo de gobierno como demuestra la sentencia, estamos intentando hacer las cosas bien y buscando lo más justo para todos los trabajadores municipales. La circular que enviamos tenía como objetivo regularizar la situación de las vacaciones de cada trabajador y evitar ciertos privilegios que se venían dando”.

La edil ha pedido a algunos miembros de USB que “se centren en sus acciones sindicales y no hagan un mal uso y abusen de esa acción sindical para hacer daño a este equipo de gobierno y hacer política encubierta”.

 

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