Convalidado por unanimidad en el Parlamento el decreto de ayudas a los municipios afectados por el temporal

Jiménez Barrios señala que la norma da una respuesta "rápida, ágil y eficaz" a las entidades locales para que puedan restablecer servicios públicos básicos

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Redacción | Los Barrios

La Diputación Permanente del Parlamento ha convalidado por unanimidad el Decreto ley 6/2016, aprobado por el Consejo de Gobierno en diciembre de 2016, por el que se destinan cerca de 2,7 millones de euros para la reparación urgente de las infraestructuras municipales dañadas por el temporal de principios de dicho mes.

El vicepresidente de la Junta y consejero de la Presidencia y Administración Local, Manuel Jiménez Barrios, ha señalado la necesidad de aprobar este decreto ley para dar una “respuesta rápida, ágil y eficaz” a las entidades locales de las provincias de Cádiz, Huelva y Málaga, que resultaron afectadas por graves inundaciones, mediante una acción que garantice la reparación urgente de las infraestructuras e instalaciones locales dañadas.

De esta forma, ha valorado que el Ejecutivo andaluz contribuya con esta norma al restablecimiento de la prestación y recepción por los ciudadanos de los servicios públicos de competencia municipal, así como a la inmediata vuelta a la normalidad de las condiciones básicas de vida de dichas poblaciones.

El vicepresidente ha indicado que el Gobierno andaluz, mediante el presente decreto ley, ha creado el Programa de colaboración financiera específica con las entidades locales para la restitución de infraestructuras afectadas a la prestación de servicios esenciales y básicos de la competencia municipal. Un programa que, según ha explicado, instrumentaliza, de forma efectiva e inmediata, las ayudas a las entidades locales para la financiación de las actuaciones de restitución, reparación, especial conservación o limpieza o cualesquiera otras de reposición a su uso propio de las infraestructuras e instalaciones destinadas a la prestación de los servicios públicos básicos de la competencia municipal que hayan resultado, especialmente, afectados por las inclemencias.

Evitar la paralización de servicios

Jiménez Barrios ha detallado que esta medida tiene como finalidad evitar la paralización de servicios de competencia municipal esenciales para la salud, la seguridad y la movilidad de la ciudadanía y, en especial, los vinculados a infraestructuras de abastecimiento de agua potable; evacuación y tratamiento de aguas residuales; acceso a los núcleos de población; pavimentación y alumbrado público.

Junto a ello, ha señalado que tienen también la consideración de proyectos financiables los referidos a la reparación o adquisición de mobiliario urbano dañado; la limpieza de vías urbanas; la adquisición de cisternas de agua, y la retirada de escombros y lodos.

El vicepresidente ha explicado que la financiación se distribuirá entre las entidades locales afectadas atendiendo a su población, a la superficie urbana de que dispongan y a la gravedad de los daños sufridos, así como a la capacidad económica, con la limitación para el cálculo distributivo de que ninguno de ellos reciba menos de un uno por ciento ni más de un diez por ciento de la cantidad a distribuir.

Así, ha recordado que las cuantías resultantes para cada entidad local beneficiaria se concretaron en la Orden de 20 de diciembre de 2016, publicada en el BOJA del día siguiente. Según ha explicado, para la concreción de las entidades locales afectadas, se recabó la colaboración de las delegaciones del Gobierno de la Junta en las respectivas provincias y de las subdelegaciones del Gobierno en las mismas, así como de los órganos competentes en materia de protección civil respecto de los datos relativos al número de incidencias al 112.

Igualmente, a efectos de la concreción de las entidades locales afectadas, ha señalado que se han tenido en cuenta los datos de precipitaciones recabados por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Agencia Estatal de Meteorología, del Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera y de la propia Consejería.

Municipios beneficiarios

El vicepresidente ha señalado que los municipios afectados de la provincia de Cádiz han sido Algeciras, Barbate, La Línea de la Concepción, Los Barrios, San Fernando, San Roque, Tarifa y Vejer de la Frontera; en la provincia de Huelva, los municipios de Aljaraque, Almonte, Alosno, Cartaya, El Granado, Lepe, Moguer, Palos de la Frontera, Santa Olalla del Cala y Villarrasa y la ELA de La Redondela (Isla Cristina), y en la provincia de Málaga, Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande, Álora, Alozaina, Benahavís, Cártama, Casarabonela, Casares, Coín, Colmenar, Estepona, Fuengirola, Guaro, Istán, Málaga, Manilva, Marbella, Mijas, Pizarra, Ronda, Torremolinos y Villanueva de la Concepción.

Según esta distribución, ha detallado que se destina 712.484,59 euros de este programa de colaboración financiera específica a la provincia de Cádiz, 390.972,70 euros a la provincia de Huelva, así como 1.592.542,59 euros a la provincia de Málaga.

Tras la publicación de esta orden, ha explicado que los alcaldes de la entidad local beneficiaria han dispuesto de un plazo de tres días hábiles para aceptar la financiación de las actuaciones a ejecutar mediante su notificación electrónica a través de la página web de la Consejería de la Presidencia y Administración Local. Con posterioridad a ese trámite, ha señalado que los ayuntamientos beneficiarios disponen de un plazo de dos meses para la presentación telemática de la documentación relativa a los proyectos o actuaciones que se realizará.

Una de las condiciones establecidas, que ha destacado el vicepresidente, es que la de recepción de los fondos debe hacerse en una cuenta separada de la Entidad Local que  será empleada exclusivamente para situar los ingresos y realizar los pagos que se deriven de la aplicación del presente decreto ley. Unos pagos que, según ha adelantado, empezarán a producirse desde mediados de enero

Además de ello, ha valorado que, dado el interés social de las actuaciones financiadas con cargo al programa, las entidades locales destinatarias de los fondos no tendrán que acreditar que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y frente a la Seguridad Social.

Justificación de las ayudas

En cuanto a la justificación de las ayudas, Jiménez Barrios ha explicado que las entidades locales beneficiarias deberán acreditar la ejecución de las distintas actuaciones dentro de los dos meses siguientes a la finalización de las actuaciones y, como fecha límite, antes del 31 de diciembre de 2017. No obstante, ha señalado que la Dirección General de Administración Local, a solicitud motivada, puede otorgar una prórroga de hasta seis meses del citado plazo.

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