El Ayuntamiento readmite a una trabajadora despedida en 2011

Después de recurrir una y otra vez, infructuosamente, Romero ha tenido que reponer en su puesto, dentro del Departamento de Recursos Humanos, a una empleada municipal a la que, además, ha tenido que abonarle los salarios de tramitación dejados de percibir a lo largo de los últimos seis años. Hecho este que se presenta como la antesala de lo que va a ocurrir en breve con los trabajadores despedidos en febrero de 2012 cuyos recursos ya han sido resueltos por el Tribunal Supremo.

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Redaccion / Foto: Archivo | Los Barrios

La Sala de lo Social del Tribunal de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha confirmado el auto del Juzgado de lo Social de Algeciras de fecha 18 de abril de 2016 que obligaba al Consistorio barreño a readmitir a esta trabajadora en su puesto de trabajo. En su sentencia, la Sala de lo Social del TSJA afea los subterfugios con los que el actual equipo de gobierno que preside Jorge Romero ha ido retrasando dicha readmisión e incluso llega a tachar al Ayuntamiento de “administración rebelde” por su resistencia a cumplir con los mandatos judiciales.

La empleada municipal, que se ha reincorporado a la plantilla de la institución esta misma semana, presentó una denuncia por cesión ilegal en 2010 y fue despedida en septiembre de 2011, tras la llegada de Romero a la alcaldía y la disolución de la RTVLB, junto al resto de trabajadores de esta empresa municipal.

La Sala de lo Social del TSJA estima, tal y como ya lo hiciera el Juzgado de lo Social Único de Algeciras en el mencionado auto, recurrido por el Ayuntamiento, que en el despido de esta trabajadora se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva, contemplado en el artículo 24 de la Constitución Española, y que, como consecuencia de ello, dicho despido debe declararse nulo.

Esta nueva resolución judicial viene a ratificar otras resoluciones anteriores del mismo Juzgado de lo Social de Algeciras que ya instaba al Ayuntamiento a la readmisión de esta trabajadora, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 29 de octubre de 2014 que confirmó la ilegalidad de su cesión a RTVLB por parte de la institución municipal. Esta ilegalidad también fue señalada por el propio Juzgado de lo Social de Algeciras, con sentencia de fecha 10 de noviembre de 2011, y por la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sentencia de fecha 18 de septiembre de 2013, así como por los servicios de la Inspección de Trabajo en mayo de 2011.

Tanto en el mencionado auto de abril de 2016, como en otro anterior, el Juzgado de lo Social único de Algeciras ya reconocía la condición de indefinida no fija de esta empleada municipal y la obligación del Ayuntamiento de incluirla en su relación de puestos de trabajo (RPT).

La trabadora afectada quiere hacer pública su satisfacción por esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que parece poner fin al calvario procesal que ha venido sufriendo desde 2011, y expresa su agradecimiento al letrado José Serrano Molina, de todos conocido como Pepe Serrano, que es quien en esta causa ha defendido sus intereses.

 

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