La mediación. ¿Qué es? Esa gran desconocida

>
 

La Mediación es un Proceso en el que las personas con la ayuda de un tercero (Mediador) que es neutral e imparcial, ayuda a esas personas o partes a que por ellas mismas puedan mejorar, solucionar, o arreglar su conflicto/problema/incidencia/diferencia, por ellos mismos.

Es un proceso reglado, y a la vez flexible, pues es adaptable a las circunstancias de las personas que acuden a este proceso, esto se refiere a que la mediación se rige por la Ley 5/2012 de mediación civil, mercantil y concursal, por eso es reglado, pero dicha ley permite que dentro de su normativa, pueda adaptarse el proceso a seguir, a las circunstancias de cada caso, de ahí su flexibilidad, así si entre las partes existe una relación es posible realizar sesiones conjuntas, por el contrario si entre las partes no hay relación o esta se encuentra muy deteriorada, hay que emplear los caucus o entrevistas individuales de forma previa a la sesión conjunta, e incluso en aquellos casos en los que la relación esté muy deteriorada, trabajar más la individualidad de cada parte y poder ser capaces de cerrar un acuerdo sin que las partes se vean.

El Mediador, debe estar debidamente capacitado, así tendrá una titulación universitaria de Grado o Licenciatura, o Grado Superior de Formación Profesional.

Deberá estar en posesión de formación específica en Mediación, según la normativa actual, tendría que tener como mínimo un total de 135 h, de las que al menos 30 h deberán ser prácticas.

En nuestra Comunidad autónoma Andaluza, para poder ejercer la Mediación Familiar, deberá poseer Formación Específica en Mediación Familiar de un mínimo de 300 h de las que al menos 60 h deberán ser prácticas.

Por último, deberá estar inscrito como Mediador Profesional en los Registros tanto del Ministerio de Justicia como de la Comunidad autónoma Andaluza.

La persona que actúe como Persona Mediadora en un tema, no puede ser Letrado o Psicólogo, etc. en ese asunto, por ser incompatible por ley, ni conocer a ninguna de las partes inmersas en el asunto, y tiene en su actuación deber de Secreto Profesional, por lo que todo de lo que conozca en Mediación estará sujeto a Secreto Profesional y será Confidencial para garantía de las partes.

Hemos mencionado varios de los principios básicos de la Mediación, como la Neutralidad, Imparcialidad, y Confidencialidad, además de estos, están la Igualdad, y la Voluntariedad.

Para que pueda iniciarse la Mediación, las partes deben acudir de forma voluntaria, esto es, no se puede obligar a  ninguna de las partes a acudir al proceso de mediación, bien distinto es que de forma expresa se cite a Sesión Informativa Previa ( SIP), pues esta no es confidencial, lo ideal es que las partes acudan acompañadas de sus representantes letrados ( abogad@s), y en la misma la persona mediadora les explica a los asistentes en que consiste la Mediación, cuales son sus principios básicos y como se desarrolla el proceso de mediación.

La nueva normativa en materia de mediación, añade a esta SIP la Sesión Exploratoria, en la que se entraría de forma genérica en el fondo del asunto a Mediar, para que la persona mediadora pueda determinar si el asunto es o no mediable.

En cuanto a la Igualdad, en la Mediación, las partes han de ser iguales dentro del proceso, a nivel económico, deben abonar lo mismo, cada parte abona la sesión por el mismo importe, a nivel personal, en el proceso de mediación se debe tener en cuenta como vienen las partes, en sentido emocional, la persona mediadora trabaja con las partes su alfabetización emocional, a fin de que aquella parte que necesite ser empoderada en relación a la otra parte, o por el contrario, hay que bajarla, todo ello se trabaja con escucha activa, preguntas, rotafolio, etc.

El espacio en mediación ha de ser un espacio neutral, tranquilo, relajado, para que las partes se sientan cómodas, con tiempo, normalmente cada sesión de mediación es aproximadamente de entre 45 a 60 minutos, sin embargo, si las partes en el proceso están fluyendo no se para ese proceso mientras está siendo productivo.

La persona mediadora, es la que al inicio del proceso establece, las reglas de conversación, desde el respeto al otro, respeto de los turnos de palabra, respeto del tiempo con la agenda de las partes, etc.

¿Os gusta? Desde este Espacio, os invitamos a que cada vez sepamos más de este nuevo formato de acceso al sistema de justicia, que supone un nuevo y eficaz enfoque, en el que las partes son las dueñas del conflicto y generan sus propias soluciones.

Noticias de la Villa y su empresa editora Publimarkplus, S.L., no se hacen responsables de las opiniones realizadas por sus colaboradores, ni tiene porqué compartirlas necesariamente.

Noticias relacionadas

 
18 abril 2024 | José Antonio Hernández Guerrero
Procedimientos narrativos para descifrar la complejidad de la vida actual
 
15 abril 2024 | Patricio González García
Máxima gravedad