Hasta ahora en España las actividades de estas empresas sólo tenían una regulación general civil y mercantil y dicha regulación no salvaguardaba ni garantizaba los derechos e intereses de los consumidores.
La ley entró en vigor el pasado 2 de abril y forma parte de las medidas que el Gobierno viene aprobando para atajar los problemas derivados de la crisis económica, y de paso rellena un vacío legal existente en lo que respecta a esa materia. Su objetivo es asegurar la transparencia en las contrataciones con este tipo de empresas y proteger a los ciudadanos que se convierten en sus prestatarios.
Además, según la OMIC, se va a crear en breve en el Instituto Nacional de Consumo (INC) un registro estatal y público en el que se incluirán los datos e información sobre cada una de estas empresas, para llevar un control y seguimiento más efectivo de las mismas.
Esta nueva legislación, obviamente, no afecta a las entidades de crédito propiamente dichas, que tienen su regulación propia, y son supervisadas por el Banco de España, ni a los créditos al consumo, las ventas a plazos de bienes muebles y la comercialización a distancia de servicios financieros.