Empleo autoriza a Acerinox para que inicie el ERTE

La Delegación Provincial acuerda la suspensión temporal por cuatro meses para la totalidad de la plantilla El Comité de Empresa se muestra satisfecho porque el ERTE dará mayor tranquilidad a los trabajadores

>

La Delegación Provincial de Empleo de la Junta de Andalucía, ha acordado aprobar la solicitud de Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) presentada por la empresa Acerinox en su centro de Palmones a principios del mes de diciembre. El permiso de empleo enviado esta mañana a la factoría barreña resuelve “autorizar a la empresa Acerinox S.A. a proceder a la suspensión contractual de 1.754 trabajadores pertenecientes a Acerinox en el centro de Palmones de una plantilla total de 2.293 empleados por causas de producción en períodos alternos de trabajo y cuyas condiciones se concretan en el acta final del acuerdo que puso fin al período consultivo el pasado 09-12-09”.

Dicho acuerdo, responde a la solicitud presentada para instaurar un nuevo ERTE en la factoría con duración desde el 01-01-2010 hasta el 30-04-2010 con un máximo de 60 días de suspensión temporal de empleo y garantizando al menos 15 días de trabajo.

El Comité de Empresa de Acerinox ha mostrado su satisfacción ante la aprobación del ERTE por parte de Empleo ya que según su presidente, Francisco Mora “así podremos trabajar con mayor tranquilidad esperando eso sí, que ni siquiera necesitemos cumplir los cuatro meses del acuerdo porque haya mejorado la situación y hayan entrado suficientes pedidos para no tener que agotar el tiempo del ERTE”.

Hay que recordar que el acuerdo de ERTE en Acerinox incluía la prorroga de cuatro meses, con un período máximo de 60 días de suspensión de empleo, y que este plazo pudiera ser prorrogable por períodos adicionales en función de la evolución de las actividades de la Factoría. En sus puntos fundamentales destaca lo siguiente:

1.- Plan social. Las prejubilaciones de lo que queda del año 2009 y todas las que se soliciten en el año 2010 que necesiten contratos relevistas no disponibles en la actual plantilla, serán seleccionados por la Empresa de entre los que forman parte de la bolsa de trabajo del acuerdo del ERTE para 2009. Dicho proceso atenderá sin dilación, y siempre, dentro de lo establecido en el artículo 49 del XVII Convenio Colectivo, todas las solicitudes de prejubilación de las personas que cumplan los requisitos. Para la selección de los relevistas, la Empresa tendrá en cuenta los criterios de experiencia específica, formación y antigüedad en la Empresa.

2.- Períodos de trabajo. La prórroga del ERTE en el año 2010 asegura, como en el año 2009, un 50% de actividad (con independencia de que el periodo de actividad sea o no efectivo en función de los programas de producción). Dicho periodo podrá, según necesidades anticipadas por la Empresa, ampliarse de forma flexible si las condiciones del mercado lo requirieran. Para ello, se tendrá en cuenta que para periodos de ERTE inferiores a 6 días deberán aplicarse al desempleo solo los días que correspondan a trabajo y no los correspondientes a los descansos.

3.- Vacaciones. Durante el año 2010, con independencia de la variabilidad mensual de los períodos de actividad, los trabajadores podrán disfrutar de todas las vacaciones, es decir, como si el año fuera normal en cuanto a condiciones de trabajo y no estuviese afectado con el ERTE. Dichas vacaciones serán planificadas mediante reuniones, que puedan permitir con dos meses de antelación, a partir del mes de Febrero, acoplar las vacaciones entre días de periodos de actividad sin producción efectiva y días de ERTE.

4.- Horas extraordinarias. Las horas extraordinarias NO serán permitidas, excepto las de falta de relevo, tal y como establece el actual Convenio Colectivo. Cada Departamento deberá organizarse de manera que este requisito se cumpla estrictamente. Además de estos puntos principales, el preacuerdo también incluye condiciones sociales y económicas acordadas al ERTE de 2009.

Noticias relacionadas