Tratado internacional de Libre Comercio e Inversiones TTIP

 

Rafael Fenoy Rico | Secretario de Comunicación Educación de la Confederación General del Trabajo (CGT)

El tratado internacional de Libre Comercio e Inversiones, responde a las siglas inglesas (TTIP) y por ello la traducción en español sería TILCI o algo similar. No obstante se utiliza las inglesas por aquello de ser el dominio común.

¿Es un tratado entre UE y EEUU? ¿Un tratado entre empresas transnacionales? Evidentemente, sean estados o empresas, cuando se pretende algo de la envergadura de lo recogido en este tratado, grandes intereses económicos están muy interesados en seguir aumentando sus beneficios y modificar los actuales marcos legales estatales para conseguirlo que es su principal objetivo. No sólo supone la eliminación de aranceles, ya que la repercusión en el comercio internacional es secundaria. Sólo el 45% a productos cárnicos que proceden de EEUU, y entre el 18 y el 24% en lácteos y tabaco están gravados con aranceles importantes, el resto de aranceles se sitúa de media en el 4%.

¿Regula este tratado las condiciones laborales? La ausencia de referencias en este sentido es palmaria, por aquello de impedir homologar al alza las condiciones laborales, seguridad, estabilidad, jornada etc… De hecho EEUU, no ha ratificado ninguno de los tratados promovidos por la OIT, y solo ha firmado un tratado en este sentido: La prohibición del Trabajo esclavo y del trabajo infantil. Si no se reflejan elementos de mejora, en virtud del principio de armonía y convergencia, el tratado incidirá en la pérdida de derechos a la negociación colectiva, indemnizaciones en despidos, pensiones, vacaciones, derechos a huelga y manifestación.

Establece los llamados mecanismo de resolución de conflictos, que manejarán un instrumento no judicial llamado ISDS, que resuelve arbitralmente, o peor aun arbitrariamente. Otro ente que se conforma con este Tratado es un nuevo Consejo de Cooperación Regulatoria, CCR, compuesto por los presidentes de los órganos reguladores, aunque una gran nebulosa se cierne sobre quienes al final conformaran este Consejo, que como su nombre indica “aconsejaran”, aunque nada en el Tratado establece como se garantiza una cierta objetividad y equidad.

El tratado elimina el principio de prevención, reflejo de la sentencia de Hipócrates “Primum non nocere”: Primero no producir daño. Los efectos de la eliminación de este principio, recogido en el art 191 del tratado de la UE, en la materia de medio ambiente, supone la dejación del medio ambiente a la avaricia depredatoria de los grandes capitales. 80 productos agroquímicos que están prohibidos en España están permitidos en EEUU. 2000 productos químicos prohibidos en Europa, están permitidos en EEUU. En la ganadería estadounidense se utilizan hormonas de crecimiento, virus y antibióticos, que no tienen contrastada la inocuidad sobre la salud humana.

Profundiza en la mercantilización de los servicios públicos, y mediante el Principio de “no retorno”, que consagra este tratado de las privatizaciones, se condena a los pueblos a no poder rescatar los servicios públicos privatizados. El derecho a la información quiebra en función de la capacidad de generarla, comprarla o adquirirla., se consuma a mayor escala la mercantilización de ese derecho y de la gestión de los medios de comunicación.

El TTIP busca el control de todo aquello que permite ejercer el poder a escala mundial afectando hasta anular a la soberanía alimentaria, privatizando hasta el patrimonio genético de multitud de productos alimenticios. Los Estados actualmente configurados ya no sirven a los intereses de los grandes capitales. La pequeña burguesía, íntimamente relacionada con la conformación de los actuales estados, ha perdido el poder y hoy el gran capital tampoco requiere de su colaboración para mantener el poder. En el horizonte se otean formas de evitar el desastre una de ellas pasaría por el ejercicio libre y consciente del consumo organizado responsable.

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