IRPF y la atención social. Justicia no caridad

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Rafael Fenoy Rico | Secretario de Comunicación Educación de la Confederación General del Trabajo (CGT)

En los impresos de la declaración del Impuesto de Rendimientos de las Personas Físicas (IRPF), aparece un apartado dedicado a Fines Sociales. Comprender como funciona este apartado permite ejercer libremente, a cada contribuyente, la opción de destinar un 0,7% de los ingresos como se desee. Se presentan en este impreso dos casillas: Fines sociales e Iglesia Católica. Es posible no marcar ninguna, marcar una de ellas, o marcar ambas. Si se marcan ambas el Estado aportará a la Iglesia Católica, en exclusiva para su funcionamiento, el 0,7% y otro 0,7% a alguna entidad No Gubernamental (ONGs). Si se marca una de las dos se aplicará el 0,7% a la elegida solamente.

Para concretar algo más, la aportación a la Iglesia Católica no se distribuye por ejemplo entre Caritas o Manos Unidas, organizaciones católicas, sino que se destina al sostenimiento de la estructura de la Iglesia Católica Española, apoyo a actividades de culto y sostenimiento del clero. Con independencia de lo que ya el Estado tiene previsto vía presupuesto para este fin, que para 2015 son algo más de 13 millones de euros mensuales. El presupuesto de fondo común inter-diocesano, en 2009, por ejemplo, no estuvo previsto aportar nada a Caritas. De ahí una pregunta pertinente ¿Por qué se relacionan en la declaración del IRPF la casilla de la Iglesia Católica con la de Fines sociales, cuando no tienen nada que ver?

Si se marca la casilla de Fines Sociales se destinará ese 0,7% a la realización de programas que desarrollan ONGs en el ámbito de la acción social. Este dinero lo distribuye el Estado a través de una convocatoria pública de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del IRPF. Un 80% lo distribuye el Ministerio de Trabajo, entre esas entidades, y el 20% lo hace el Ministerio de Asuntos Exteriores, para proyectos de cooperación en países en desarrollo. Con esta fórmula los políticos justifican su inacción en políticas sociales, ya que dan el dinero del contribuyente a ONGs que “caritativamente” hacen lo que el Estado en justicia debería hacer. La acción social debe hacerla el estado directamente porque es de justicia y no de caridad.

¿Qué ocurre si no se tachan ninguna de las dos casillas? Pues que el Estado recupera ese 0,7% de ambas casillas y los integra en sus presupuestos. Con este no marcar ninguna se transfiere al Estado la obligación de atender las necesidades sociales, sin coartada ninguna, sin intermediarios ningunos, que justifiquen su inacción para dar respuesta a los graves problemas sociales que aquejan a más de 2 millones de familias en situación de riesgo extremo. Porque el que sean atendidas las necesidades humanas esenciales no es ni caridad ni privilegio, sino un derecho.

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