Vuelva Vd. Mañana Larriano


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Rafael Fenoy Rico | Secretario de Comunicación Educación de la Confederación General del Trabajo (CGT)

El escritor, periodista, Mariano José de Larra escribió un pasaje memorable reflejando la pereza característica de una manera de “ser” española. Ese ¡vuelva Vd. mañana! Se antojaba decimonónica, en esta España moderna, donde las haya, con tanto I+D (investigación más desarrollo) e incluso con (I+D+I+D+I…+D). Si bien Larra ponía en evidencia un cierto talante indolente de este pueblo, lo que a continuación se relata es la indolencia, no del pueblo, ni del funcionariado, sino de quienes nos dirigen, que ordenan las estrategias para ponérselo más difícil a la ciudadanía utilizando el archiconocido: ¡le falta este formulario!

El caso es verídico, verídico: Una persona hace un pago doble a la administración, por no alargar el relato. Va a la oficina de recaudación, y una vez comprobado por la funcionaria que hay motivos para la devolución de la cantidad indebidamente pagada, le indica al ciudadano que debe rellenar unos formularios (concretamente dos). Además le sugiere que, ya que los pagos los ha hecho por banco, solicite al mismo la devolución, que siempre, a su entender, es menos complicado. El ciudadano va a su Banco, explica el asunto, muestra documentos y allí le facilitan dos formularios para que solicite la devolución. Al día siguiente la persona entrega en el banco los formularios, adjuntando la documentación requerida. A las dos semanas el banco le informa que no es posible la devolución porque hizo los pagos utilizando dos tarjetas diferentes (¡ojo, del mismo banco!). Vuelve la persona a la oficina de la recaudación y le facilitan los dos formularios correspondientes. En esos formularios aparece un número de fax y la persona entiende que, scaneando los documentos y enviándolos por fax, la solicitud de devolución se ha formulado correctamente. ¡Nada de eso! Se le llama por teléfono indicándole que debe presentarse en la oficina de recaudación. Una vez hecho acto de presencia, otra funcionaria le recoge la documentación y le sugiere que, en lugar de pedir la devolución, solicite que se le descuente del próximo recibo que deba pagar, ya que es más sencillo el trámite. La persona a estas alturas asume que eso debe ser así y se diligencian los nuevos formularios, adjuntando de nuevo la documentación correspondiente. He aquí a la persona tranquila y segura de rescatar el pago indebido, cuando, después de dos semanas, vuelven a llamarla para indicarle que debe rellenar un tercer formulario, porque el procedimiento que se le ofreció no es el correcto. Pregunta la persona qué tipo de información debe aportar con este nuevo formulario y le indican que es una certificación de datos bancarios y que para ello tendrá que recoger el formulario en recaudación; ir a su banco para que este diligencie el documento con firma y sello para, posteriormente; presentarlo en la oficina de recaudación. La persona le indica a la funcionaria que los datos bancarios ya están en poder de la oficina de recaudación, porque se le cobran los recibos a través de su cuenta. La funcionaria le indica que lo entiende, pero que ese es el procedimiento. La persona y la funcionaria, en silencio, se comprenden mutuamente, por lo que huelga cualquier discusión. Máxime cuando la ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en su art. 6.2.b, establece que la ciudadanía tiene el derecho a no aportar los datos y documentos que obren en poder de las Administraciones Públicas. Resumiendo: Tres visitas a su Banco y cuatro visitas a la oficina recaudadora, seis formularios cumplimentados, cuatro fotocopias de toda la documentación adjunta, el escaneo de la misma y el envío de un fax. Y lo más grande es que a estas alturas, aún no está segura la persona que le devuelvan los 30 euros que reclama.

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